Por Vanesa Armesto*
¿Cómo se declaran los fondos? ¿Cuándo pago el impuesto? ¿Cuáles son los plazos? ¿Qué tipo de inversión puedo hacer? Te damos todas las respuestas en los 5 pasos para realizar el blanqueo.
La Ley de blanqueo tiene el propósito de fomentar la inversión en proyectos inmobiliarios con un avance menor al 50% al 12 de marzo de este año. Aunque fue recibida con mucho entusiasmo por todos los actores del mercado, la duda de su éxito recae en la demora producida para establecer su reglamentación. Recién el 27 de abril AFIP publicó la resolución y el primer plazo vencía en apenas 13 días después, o sea, el lunes pasado 10 de mayo.
Te detallamos los pasos para llevar a cabo el blanqueo:
1–DEPOSITAR EN LA CUENTA
Se debe solicitar, en el banco con que operás, la apertura de una cuenta especial denominada CECON.ar, en la divisa que quieras exteriorizar.
Un dato importante es que el blanqueo tiene una vigencia de 120 días a contar desde el 1 de marzo, fecha en que se puso en vigor la Ley. Este plazo se divide en 3 etapas con alícuotas diferentes sobre el dinero sincerado:
Hasta el 10 de mayo: 5%
Hasta el 9 de junio: 10%
Hasta el 9 de julio: 20%
2-DECLARACIÓN DE TENENCIA
A partir del 17 de mayo se podrá, desde la web de AFIP, ingresar al servicio “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613”, y registrar la tenencia y su valuación.
3-PAGO DE IMPUESTO Y PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA
La declaración jurada y generación de VEP para el pago del impuesto especial se podrá realizar desde el 21 de mayo. Y los vencimientos dependen de la fecha de depósito. Si la acreditación en la cuenta especial se hizo hasta el 10 de mayo, hay tiempo para hacer la declaración jurada y pagar el impuesto hasta el 31 de mayo. Si se hizo entre el 11 de mayo y el 9 de junio, el plazo es el 30 de junio. Y si se efectuó entre el 11 de junio y el 9 de julio, el vencimiento es esta última fecha. Una vez abonado el impuesto se presenta la declaración.
4-DÓNDE INVERTIR
La inversión debe ser en obras privadas nuevas, construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otras, que se encuentren sujetas a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente a partir del 12/03/2021 o que tengan un avance de obra no mayor al 50% a dicha fecha.
Para acreditar la fecha de inicio y el grado de avance menor al 50% es necesario el dictamen de un profesional matriculado competente en la materia con su firma certificada por la autoridad profesional que rija la matrícula o, en el primer caso, también se admitirá la información presentada ante las autoridades edilicias competentes.
Estos proyectos deberán contar con el “Código de Registro de Proyectos Inmobiliarios” COPI. El plazo para afectar el total de los fondos es el 31 de diciembre de 2022.
5-DECLARACIÓN DE USO DE FONDOS
El último paso es que una vez que hayas pagado el total de la inversión y usado todos los fondos que se depositaron en la cuenta CECON.ar, ingresando nuevamente al servicio “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613”, declarás el monto total invertido e informás el COPI que fue brindado por el constructor. Esta presentación puede realizarse hasta el 31 de marzo de 2023.

*Vanesa Armesto: Editora periodística de Real Estate Data. Periodista y Corredora inmobiliaria matriculada de Cucicba. Matrícula 1413. Con una trayectoria de 20 años en el mercado inmobiliario. vanesa@realestatedata.com.ar